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El Supremo de India dice que la ausencia de una persona por sí sola no permite archivar la causa contra una empresa

El Tribunal Supremo de India resolvió que la ausencia de una persona física identificada o encausada no obliga, por sí sola, a los tribunales a archivar un proceso penal contra una empresa. La sentencia del 7 de septiembre estableció un marco de tres etapas para atribuir la intención delictiva, que examina la autoridad dentro de la empresa, la delegación con suficiente discrecionalidad e independencia y si una ley exige una regla especial. El tribunal afirmó que la intención de la empresa debe concurrir plenamente en al menos una persona y no puede componerse a partir de estados mentales parciales. Desestimó el recurso de Sanofi India en un caso de contratación investigado por la CBI y ordenó a su secretaría remitir la sentencia a todos los tribunales superiores.

Fuentes

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