Una jueza bloquea temporalmente la construcción del arco de 250 pies propuesto por Trump
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La jueza federal de distrito Tanya S. Chutkan bloqueó temporalmente la construcción del arco monumental que propone el presidente Donald Trump en Washington D. C., mediante una resolución fechada el 5 de noviembre. Concedió una orden de restricción temporal solicitada por el Distrito de Columbia y Virginia después de que el Departamento del Interior emitiera su aprobación definitiva ese mismo día. Chutkan consideró probable que ambas jurisdicciones prosperaran en su argumento de que la aprobación de Interior infringía la Ley de Obras Conmemorativas y, por tanto, la Ley de Procedimiento Administrativo. La finalidad declarada de la propuesta, conmemorar la independencia estadounidense y los principios fundacionales, probablemente la situaba dentro de la definición legal de obra conmemorativa. Al abordar el daño que amenazaba con producirse, Chutkan escribió: «En primer lugar, el daño es seguro». La resolución identificó alteraciones del tráfico, repercusiones en la preparación para emergencias, daños ambientales y gasto público que no podría recuperarse. Citó una evaluación ambiental que describe cierres de carriles, desvíos y restricciones de tráfico durante un período de construcción estimado de dos a tres años. El Gobierno sostuvo que una ley del Congreso de 1925 autorizaba el proyecto y lo dejaba fuera de la posterior legislación sobre obras conmemorativas. La jueza rechazó esa postura en esta fase preliminar. Los documentos oficiales de planificación describen un arco de 166 pies coronado por estatuas doradas que elevarían la altura total a 250 pies. El emplazamiento propuesto es Memorial Circle, en Columbia Island, dentro de Washington, en el extremo occidental del puente Arlington Memorial. Tres veteranos de la guerra de Vietnam y un historiador de la arquitectura presentaron una demanda el 19 de febrero de 2026. El Distrito de Columbia y Virginia interpusieron la suya el 31 de octubre y los procedimientos se acumularon. La orden temporal no es una sentencia definitiva: Chutkan aplazó la solicitud de ambas jurisdicciones de suspender la actuación administrativa y dejó en suspenso la petición separada de los veteranos de una medida cautelar preliminar.

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