El Tribunal Supremo suspende la ley de comunicaciones y exige al Gobierno responder a las impugnaciones
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El Tribunal Supremo, actuando como Alto Tribunal de Justicia, suspendió el 29 de octubre la entrada en vigor de la Ley de Comunicaciones (Radiodifusión) y ordenó a las partes demandadas explicar por qué no debería anularse por presuntos defectos del procedimiento legislativo. Las órdenes fueron dictadas por el presidente del Supremo, Isaac Amit, y los jueces Alex Stein y Yechiel Kasher. La decisión no establece que se produjeran los defectos alegados ni invalida la ley. El tribunal separó la impugnación del procedimiento de las objeciones a las disposiciones sustantivas de la ley. Emitió una orden condicional sobre el proceso legislativo y dejó pendientes los argumentos de las partes sobre el contenido de la legislación. Una medida cautelar independiente impide que la ley entre en vigor hasta otra decisión. Las objeciones a la orden condicional se examinarán ante una sala ampliada de nueve jueces. Los jueces se remitieron a una vista del 13 de julio de 2026, centrada en el procedimiento legislativo y en las importantes cuestiones que planteaba. Al resolver las solicitudes de medidas cautelares, señalaron que el Gobierno había optado por no presentar una respuesta pese al plazo concedido. Por ello, decidieron sobre esas solicitudes basándose en la documentación escrita y sin celebrar una vista oral. Las partes demandadas deberán presentar sus declaraciones juradas de respuesta a más tardar el 7 de enero de 2027. El procedimiento abordará primero la cuestión del proceso legislativo, mientras que las impugnaciones sustantivas quedarán abiertas para su examen posterior. La suspensión provisional seguirá vigente hasta una nueva decisión judicial.
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